LOS ANDES (13/11/2025).- A 3 años y día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de abuso sexual de menor de 14 años fue condenado un hombre que ultrajó a una sobrina de su conviviente.
Tras una larga investigación que prolongo por varios años, el Ministerio Público representado por su fiscal especialista en delitos sexuales logró reunir las pruebas y llevar a juicio oral al imputado C.A.M.R., de 56 años, alias “El Polaco”.
El delito por el cual resultó condenado fue perpetrado en un día no determinado del verano del año 2015, cuando la víctima que en ese entonces tenía 3 años de edad, se bañaba junto a su hermana en una piscina al interior de una casa en la comuna de San Esteban.
En un momento, el depravado se acercó a la niña y comenzó a meter sus manos bajo el traje de baño para acariciarle sus partes íntimas.
La pequeña comenzó a gritar pidiendo ayuda, siendo escuchada por su hermana mayor que corrió al lugar y la alejó del hombre.
Posteriormente estos hechos fueron relatados a la madre de la menor quien finalmente fue quien efectuó la denuncia.
En el juicio que culminó hace algunos días, el Tribunal Oral en lo Penal de Los Andes integrado por los magistrados Alessandra Tubino Tassara, Cristián Cáceres Castro y Carlos Muñoz Iturriaga arribó a la convicción más allá de toda duda razonable de la participación del imputado en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual.
Si bien se le impuso una pena privativa de la libertad, esta fue finalmente sustituida por la libertad vigilada intensiva a cargo del Centro de Reinserción Social de Gendarmería.
Asimismo, la sentencia establece que por los próximos dos años tendrá prohibición de acercarse y establecer cualquier tipo de comunicación con la víctima, que hoy a la sazón tiene 13 años de edad.
También deberá informar su lugar de residencia a Carabineros cada tres meses durante los próximos 10 años.
Además, fue condenado a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Finalmente se ordenó la incorporación de su huella genética al registro nacional de ADN de condenados a pena de crimen.
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