Lunes, 15 de Diciembre de 2025  
 
 

 
 
 
Policial

Fiscal Aravena conforme con declaración de culpabilidad de Alan Matter

 

Insistió en que el acusado no colaboró sustancialmente con el esclarecimiento de los hechos que ameriten una atenuante.

 

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El fiscal Aravena se mostró satisfecho con el veredicto.

El fiscal Aravena se mostró satisfecho con el veredicto.

 
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LOS ANDES.- Pese a que el tribunal de Juicio Oral absolvió a Alan Matter Raffernau del delito de desacato y no consideró la agravante de alevosía, el fiscal del caso, Pedro Aravena, se mostró conforme con la condena lograda en contra del primer Femicida del valle de Aconcagua.

Aravena dijo que se consiguió la condena por parricidio, “pero no se obtuvo la condena por desacato,  ya que el tribunal entendió en este caso que ante la actitud de culpabilidad no  podía exigírsele   la conducta impuesta por la ley que era de no acercarse a la víctima,  dado que el imputado  no podía conocer el nivel de alcance que tenia  la prohibición  de poder acercarse a la víctima, pero de todas manera fue condenado por el delito de parricidio y no fueron atendidas las otras agravantes que se invocaron”.

El persecutor argumentó que habían sido invocadas dos circunstancias  agravantes que eran la  alevosía  y la de abuso de la superioridad de las fuerzas y de las armas, “pero al no ser acogidas esas agravantes  la pena puede ser impuesta en todo su rango que va desde el presidio mayor en su grado máximo  a presidio perpetuo calificado".

"La fiscalía ante estos hechos solicitaba presidio perpetuo calificado. En este caso no habiendo circunstancias agravantes  y entiendo yo tampoco atenuantes, puede  generar una disminución de la pena y ésta puede partir de los  10 años hasta el presidio”, agregó.

Por ello, el fiscal afirmó que habrá que esperar hasta el día de la audiencia de comunicación de  sentencia para saber cuál fue el criterio aplicado por el tribunal y si la pena resulta de acuerdo a los rangos solicitados por el Ministerio Público.

 

 

 

 


 
 
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