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Tribunal Ambiental confirma multa de más de $32 millones a planta Panquehue de Viña Errázuriz

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación de Viñedos Familia Chadwick SpA y mantuvo la sanción de 38 UTA aplicada por la Superintendencia del Medio Ambiente por infracción a la norma de emisión de ruidos.

 

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ACONCAGUA (04/10/2026).- El Segundo Tribunal Ambiental confirmó la multa de 38 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a poco más de $32 millones 670 mil, aplicada a la planta Panquehue de Viña Errázuriz por infringir la normativa vigente sobre emisión de ruidos.

La sentencia rechazó la reclamación interpuesta por Viñedos Familia Chadwick SpA en contra de la resolución sancionatoria dictada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), manteniendo de esta forma la sanción impuesta en julio de 2025.

El origen del procedimiento se remonta al 12 de julio de 2023, cuando la SMA recibió una denuncia por ruidos molestos asociados al funcionamiento de una sala de máquinas y un generador eléctrico en la planta ubicada en la comuna de Panquehue.

Posteriormente, mediciones efectuadas por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) constataron excedencias respecto de los límites establecidos en el Decreto Supremo N° 38/2011, que regula la emisión de ruidos generados por fuentes fijas. La empresa informó, además, la adopción de medidas correctivas y de mitigación.

Tribunal respaldó fundamentos de la sanción

En su fallo, el Tribunal señaló que la empresa no cuestionó la existencia de la infracción, sino aspectos relacionados con la fundamentación y proporcionalidad de la multa. Al analizar la reclamación, concluyó que la resolución de la SMA se encontraba debidamente motivada y que el organismo había ponderado correctamente los criterios legales utilizados para determinar la sanción.

Entre esos factores se consideraron el número de personas cuya salud pudo verse afectada, el eventual beneficio económico derivado de la infracción, la capacidad económica del infractor y la implementación de medidas correctivas.

El Tribunal precisó además que la autoridad ambiental no está obligada a establecer una fórmula rígida que determine cuánto incide cada una de esas circunstancias en el monto final de una multa, siempre que explique los criterios y la metodología empleados para fijarla.

Procedimiento se extendió por más de tres años

Tras la denuncia de julio de 2023 y la entrega de antecedentes por parte de la empresa, la SMA formuló un cargo en septiembre de 2024, calificándolo como leve. El 3 de julio de 2025 dictó la resolución sancionatoria y aplicó la multa de 38 UTA.

Viñedos Familia Chadwick SpA recurrió ante el Segundo Tribunal Ambiental el 5 de agosto de 2025. La causa fue tramitada bajo el rol R-551-2025 y la audiencia se realizó el 4 de agosto de 2026. Finalmente, en sentencia de 24 de septiembre de 2026, el Tribunal rechazó la reclamación y mantuvo la sanción.

La resolución fue adoptada por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta subrogante del Tribunal; el ministro Cristian López Montecinos; y el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Fernando Valderrama Martínez.

 


 
 
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