LOS ANDES (02/11/2023).- Por la Ley Emilia la fiscalía local de Los Andes formalizó a F.J.P.O. (34), conductor de la suv que la mañana del pasado domingo provocó una fatal colisión en el camino Tabolango en la comuna de Calle Larga.
La detención del conductor se había ampliado a solicitud del Ministerio Público por existir diligencias pendientes, entre ellas el informe de la autopsia de la víctima.
En la audiencia, a la cual tuvo acceso en exclusiva Los Andes Online, el fiscal Alberto Gertosio Páez expuso que a eso de las 8:40 horas del domingo, el imputado conducía la suv marca Changan modelo CX 7 por Tabolango en dirección al poniente y en primera instancia y debido a su estado etílico perdió el control del móvil y se fue hacia su derecha chocando contra una señalética que indicaba la presencia de un “lomo de toro”, la cual derribó.
Producto de este choque el vehículo sufrió daños en costado derecho del parachoque, pérdida del espejo retrovisor derecho y daños en la puerta del mismo.
Luego de ello el conductor continuó su marcha por la pista contraria hasta llegar al cruce con el camino de Toma de las Piedras donde impactó frontalmente con la camioneta Nissan conducida por el adulto mayor Oscar Emilio Rosende Osorio (81) que iba en sentido opuesto.
A consecuencia de lo anterior falleció en el lugar el chofer de la camioneta a causa de un schok hemorrágico, fractura del fémur izquierdo y policontusiones traumáticas.
Asimismo, a la llegada de carabineros se percataron que el conductor de la suv presentaba fuerte hálito alcohólico, pero no se le pudo practicar el intoxilyzer en el lugar debido a que presentaba fuertes dolores en el pecho, no obstante que una vez llevado al hospital si se le realizó el respectivo examen de alcoholemia cuyos resultados no estuvieron listos para el día de la audiencia.
Por otra parte, se verificó que el chofer no mantenía licencia de conducir, no teniendo las competencias para manejar un vehículo motorizado.
Es por ello que el fiscal Gertosio le imputó los delitos de conducción en estado de ebriedad causando muerte y conducción sin licencia, ambos en grado de consumado.
En virtud de la Ley Emilia el persecutor pidió la prisión preventiva para el imputado por la gravedad e irresponsabilidad en su conducta, haciendo ver que ya en 2018 había sido multado por manejar sin licencia.
A ello se suma que en tres ocasiones le fue rechazada la obtención de licencia de conducir por haber reprobado los exámenes teóricos.
También como antecedentes esgrimió que registra una condena del año 2009 por el robo de cable telefónico desde la vía pública.
Sin embargo, el defensor público Cristóbal Romero Erices se opuso a esta cautelar, argumento que por el momento solo existía la apreciación del médico de turno que atendió lo atendió en el hospital en cuanto a que estaba etílico, pero al no contar aun con el informe de alcoholemia no se podía establecer científicamente si se encontraba bajo los efectos del alcohol o ebrio.
Con los antecedentes expuestos, la magistrada Valeria Crosa Chiappe consideró suficientemente acreditados los delitos y la participación del imputado, razón por la cual accedió a lo solicitado por el Ministerio Público por considerar su libertad como un peligro para la seguridad de la sociedad y decretó el ingreso del conductor al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Los Andes por los 4 meses que durará la investigación.
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